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Camino a la instalación del Parlamento del Mercosur

jueves, 19 de octubre de 2006

El Observatorio planteó sugerencias e inquietudes respecto a la creación de la Comisión de Derechos Humanos y el monitoreo de las políticas públicas en la materia, en el ámbito del Parlamento del Mercosur . La posición de la organización quedó establecida en un documento presentado ante la Comisión Parlamentaria Conjunta en el marco de la IV Audiencia del ciclo "Parlamento Mercosur: la voz de los ciudadanos en la integración".

El documento, que señala que si bien es primordial el monitoreo de las políticas públicas de derechos humanos en los Estados que componen el bloque como forma de optimizar el trabajo en derechos humanos en la región, ello no debe tender a "eludir las obligaciones ni sustituir o duplicar las funciones respecto de las asumidas por el sistema regional de protección de los derechos humanos" orientado por la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El artículo 4.3 del Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, incluye entre sus competencias principales la de "elaborar y publicar anualmente un informe sobre la situación de los derechos humanos en los estados del bloque".
El documento sostiene además que "desde el punto de vista del derecho a la participación de la sociedad civil, sin embargo, las actuales instancias del Mercosur presentan insuficiencias que el futuro parlamento podrá ayudar a subsanar, en la medida que puedan crearse canales de comunicación y debate que posibiliten la construcción de una ciudadanía regional aún muy incipiente". En este sentido, la organización promovió una lista de seis puntos a ser debatidos fundamentalmente a través del ámbito de la futura Comisión de Derechos Humanos del futuro Parlamento. Entre ellos destacamos: coordinación y articulación de propuestas con la sociedad civil organizada, la transversalidad de los derechos humanos en las diversas fases de los procesos de negociación regional, la consideración de temas como la libre circulación de mano de obra en condiciones de seguridad social y laborales adecuadas, el respeto al medio ambiente y el acceso a la justicia, entre otros temas.

El Parlamento del Mercosur deberá quedar constituido a más tardar al 31 de diciembre de este año conforme al texto final del Protocolo aprobado en la reunión Cumbre de Presidentes de diciembre de 2005.

El pasado 28 de setiembre, la Cámara de Diputados de Argentina aprobó el proyecto que ya había sido sancionado por los congresos de Paraguay y Brasil. El cuadro de ratificaciones se completará cuando los diputados de Uruguay sancionen el proyecto que tiene la aprobación de la Cámara de Diputados.
Conforme al Protocolo, el Parlamento se constituirá como "órgano de representación de los pueblos, independiente y autónomo, que integrará la estructura institucional del Mercosur". Una vez que se concrete su instalación la Comisión Parlamentaria Conjunta dejará de funcionar.

Será un órgano unicameral y estará integrado por representantes electos por sufragio universal, directo y secreto, de acuerdo con la legislación interna de cada Estado.

La constitución del Parlamento se realizará en dos etapas: entre el 31 de diciembre de 2006 y diciembre de 2010, estará integrado por 18 parlamentarios de cada Estado designados por los respectivos congresos nacionales. En la segunda etapa, entre enero de 2011 y diciembre de 2014, todos los parlamentarios del Mercosur deberán ser electos por medio del sufragio directo, universal y secreto.
Entre las competencias del futuro órgano se destaca: velar por la preservación del régimen democrático en los Estados Partes de conformidad con las normas del bloque, y elaborar y publicar anualmente un informe sobre la situación de los derechos humanos en los Estados Partes. Este nuevo órgano no tendrá funciones legislativas.

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